
- Las protecciones del auto solamente se activan en caso de que exista pérdida total
- Para la Responsabilidad Civil no es necesario que exista pérdida total
- Existe el Plan 1 (ASUPTR) y Plan 2 (ASUPT2). Ambos cotizan en el 10065
- Antigüedad del Auto de hasta 25 años al momento de la contratación

