COBERTURA
Cesantía Involuntaria
Esta protección es para trabajadores dependientes que tengan un contrato de trabajo indefinido. ¿En qué consiste? Se pagarán las cuotas de tu CMR según tope del plan que tengas contratado
Te protegemos ante un imprevisto laboral:
Cubrimos hasta 6 meses de tu deuda CMR en caso de que pierdas tu trabajo de manera involuntaria, si eres trabajador dependiente con contrato indefinido.
Solo pagas si tienes deuda:
Solo pagarás por tu seguro si la deuda en tu tarjeta CMR es mayor a $5.000.
¿CUÁNDO TE PROTEGE?
Estarás protegido en caso de cesantía involuntaria si eres trabajador dependiente y tu contrato de trabajo indefinido termina por alguna de las siguientes razones:
-Necesidad de la Empresa y desahucio del empleador
-Mutuo Acuerdo entre las partes, siempre y cuando el finiquito respectivo sea equivalente a los años de servicio.
-Caso Fortuito o de Fuerza Mayor
-Procedimiento concursar de liquidación que afecte al empleador.
*Cualquier otra causa está excluida.
IMPORTANTE
¡Recuerda que debes acreditar tu calidad de independiente!
Para ambos casos, cubrirá exclusivamente la deuda por compras realizadas con tu tarjeta CMR.
¿Cuándo no te protege?
-Si eres trabajador independiente
-Si tiene contrato definido de trabajo
-Si tu contrato de trabajo indefinido termina por alguna causal distinta a i) Necesidades de la empresa, ii) Mutuo acuerdo entre las partes con finiquito equivalente a los años de servicio, iii) caso fortuito o de fuerza mayor y iv) procedimiento concursal de liquidación que afecte al empleador.
*Es decir que, cualquier otra causa diferente a las enumeradas estarán excluidas de protección.
IMPORTANTE
Para ambos casos, no estará protegida la deuda producida por cuotas de seguro, super avances, PAT y PAC, ni intereses por los retrasos de pago.
REQUISITOS
REQUISITOS PARA CONTRATAR |
PARA USAR TU SEGURO DEBES: |
POL General del Seguro |
| Ser trabajador dependiente | Haber trabajado, al menos, 180 días de corrido | POL 120220203 |
| Tener contrato de trabajo indefinido | Esperar 90 días desde que contrataste el seguro. Durante ese periodo, si pierdes tu trabajo, no estarás protegido | Depósito CMF |
| Ser mayor de edad | Pagar la primera cuota de tu CMR desde que quedaste sin trabajo | |
| Ser men0r de 74 años con 364 días | ||
| Ser titular de la tarjeta CMR |