Coberturas y asistencias:
COBERTURA MUERTE ACCIDENTAL |
ASISTENCIAS |
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Es solo para los titulares. La compañía pagará el monto acordado según plan, a quien haya sido definido por la persona protegida por el seguro para recibirlo. |
Pueden hacer uso tanto el titular como los acompañantes declarados. Estas asistencias dependerán de la compañía y del plan contratado. |
¿En qué se diferencia el titular del acompañante?
Ambos cuentan con las asistencias, pero solo el titular tiene la cobertura de muerte accidental.
Exclusiones de la cobertura:
Producto de conflictos bélicos, o por la participación por el asegurado o beneficiario en cualquier acto calificado como delito, en calidad de autor, cómplice o encubridor.